SEGURIDAD INDUSTRIAL
Elaboración de Planes de Contingencias
Con la promulgación de la Ley 28551 el Gobierno ha establecido la obligatoriedad a toda persona natural ó jurídica, de derecho público ó privado que conduce o administra instalaciones, edificaciones y/o recintos de todo tipo el de elaborar y presentar los Planes de Contingencia para que estos después de un tramite obtegangan su aprobación ante el Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI ó autoridades competentes que se establecen en la misma norma.
Este Plan de Contingencias es un documento utilizado como guía para la ejecución de las acciones y actuaciones precisas y efectivas a realizar ante la presencia de cualquier evento que pueda alterar el normal funcionamiento del sistema y que pueda poner en peligro la integridad de los trabajadores, la infraestructura, procesos operativos, materiales y/o, equipos que requieran los casos de emergencia como producto de lo siguiente:
Independientemente de la Ley señalada, además para el ámbito de Medio Ambiente se contempla los dispositivos legales del Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, D.S. 29-94-EM (artículos 14-f, 23-f y 42-k), y en el proceso de fiscalización que lleva a cabo el OSINERMIN se exige la presentación de este documento, con la finalidad de establecer el grado de preparación de los componentes de la empresa, frente a ocurrencias no programadas como son los riesgos anteriormente mencionados.